La expansión de las organizaciones criminales del narcotráfico mexicano y colombiano en las últimas décadas, ha llevado a varios Estados Latinoamericanos a crear instrumentos legales que permiten la asignación de nuevos roles a sus Fuerzas Armadas para el combate de esta actividad ilícita, uno de estos escenarios de contención de baja intensidad involucra la interceptación, y derribo en algunos países, de aviones civiles sospechosos de estar cometiendo un delito, normalmente de narcotráfico, calificando al incursor de “aeronave hostil”.
Este enfoque, que ha llevado a la reorientación del marco legal, el entrenamiento y la estructura operativa de varias Fuerzas Aéreas en América Latina, se remonta a 1993, cuando la actual Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC), se convierte en la primera institución castrense en ser autorizada para contrarrestar los vuelos ilícitos sobre su espacio aéreo de acuerdo con una normativa contemplada en su Constitución, y con asidero legal en base a lo suscrito por Colombia como firmante del Convenio Internacional de Montreal de 1971.
La iniciativa ha permitido al Sistema de Defensa Aérea de la FAC, disminuir durante las últimas cuatro décadas en más de 98% (de acuerdo con estadísticas del Comando Sur de los Estados Unidos) los vuelos ilegales sobre el espacio aéreo colombiano (aeronaves sin planes de vuelo, sin matrícula o con matrículas falsas), permitido a Colombia elevar los niveles de seguridad aérea para la aviación comercial y privada.
Por su parte, y conforme a sus particulares legislaciones y procedimientos las Fuerzas Aéreas de Brasil, Bolivia, Chile, Honduras, Perú, Venezuela y Uruguay, se han ido sumando a este esfuerzo castrense, en el que se les permite la realización de misiones de interceptación ante posibles incursiones en el espacio aéreo de aeronaves civiles que operan violando las leyes aeronáuticas y con intenciones vinculadas al tráfico de drogas u otros actos ilícitos.
Otros países de América Latina que estarían próximos a autorizar los derribos de aviones ilegales, son Argentina, Ecuador y Paraguay, sus parlamentos analizan desde hace años la aprobación de un instrumento legal que permita a sus Fuerzas Aéreas llevar a cabo este tipo de misiones especiales, pues a nivel de equipamiento ambas ya disponen de aviones de apoyo táctico o de ataque ligero como el AT-63 Pampa o los Embraer AT-27 Tucano y A-29B Super Tucano que podrían acometer dichas operaciones.
Leonardo AW139 del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá (foto SENAN).
Los vuelos narco y el marco legal
No obstante, y a pesar de esta novedosa estrategia de lucha en contra de los carteles de la droga de Latinoamérica, todo parece indicar que el número de vuelos de aviones ligeros con cargamentos de cocaína han aumentado considerablemente, de acuerdo con el informe hecho público por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés), asimismo, el Joint Interagency Task Force South (JIATFS) de los Estados Unidos, también ha señalado que se alcanzaron cifras récord en las incautaciones e interceptación de vuelos con cargamentos de drogas, principalmente en las rutas aéreas del Caribe insular y el Caribe continental, como lo demuestran los reportes de trazas de vuelos irregulares de las estaciones de radar en Hato (Curazao), Guantánamo (Cuba) y Soto Mayor (Honduras).
En Latinoamérica, la concepción de procedimientos operativos vigentes de sus sistemas de Defensa Aérea para la interceptación del tráfico aéreo no identificado, también considerado como de aeronaves hostiles, se aborda de manera diferente en el marco legar de cada país:
Brasil aprobó en 2004 la Ley de Tiro de Destrucción, en la que se establecen nueve procedimientos a cumplir para que un avión de la Força Aérea Brasileira (FAB) proceda al derribo de aeronaves civiles que operen de manera ilegal. Esta tarea es realizada por aviones Embraer A-29 Super Tucano de los escuadrones “Joker” 2°/5° Grupo de Aviación (Ntal), “Scorpion” 1°/3° Grupo de Aviación (Boa Vista), “Griffon 2°/3° Grupo de Aviación (Porto Velho) y “Arrow” 3°/ 3° Grupo de Aviación (Campo Grande), que suelen operar en coordinación con el Comando de Operaciones Aeroespaciales de la FAB a través del Centro Integrado de Defensa Aérea y Control de Tránsito Aéreo.
Brasil derribo: Vuelo narco derribado por la Fuerza Aérea Brasileña. (Foto FAB)
Bolivia implementó a partir del año 2014 la Ley de Defensa y Seguridad del Espacio Aéreo, la cual establece la activación del Comando de Seguridad y Defensa del Espacio Aéreo, que estará subordinado a la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) y operará en conjunto con la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC). Las misiones de interceptación son realizadas por aviones Hongdu K-8W Karakorum del Grupo Aéreo N°34 de la II Brigada Aérea, con asiento en Cochabamba.
Colombia fue la primera nación de Latinoamérica en aprobar un procedimiento legal para el derribo de aviones pertenecientes al narcotráfico, al aprobarse el 7 de diciembre de 1993 en Consejo de Seguridad el Acta que autoriza la interceptación y neutralización de aeronaves incursoras del espacio aéreo sin un procedimiento de vuelo legal y verificado por Aeronáutica Civil. En el caso de la FAC las operaciones de interdicción las efectúan Embraer AT-27 Tucano y Embraer A-29B Super Tucano de los Escuadrones N°212 Grifos de la Base Aérea “Capitán Luis Francisco Gómez Niño” de Apiay (Meta), N°312 Drakos de la Base Aérea de “MG Alberto Pauwels Rodríguez” de Malambo (Atlántico) y N°611 desde la Base Aérea “Capitán Ernesto Esguerra Cubides” en ubicada en Tres Esquinas (Caquetá).
Chile autoriza a través de un decreto presidencial de diciembre de 2006 el Reglamento DAR 91 “Reglas de Vuelo y Operación General”, y en agosto de 2012 se aprueba la Norma Aeronáutica DAN 91 de “Reglas del Aire” y, ambos instrumentos legales establecen los procedimientos operacionales de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) para la interceptación de aeronaves civiles que representen en todos los casos posibles un peligro para la aeronavegabilidad en el espacio aéreo. Los recursos aéreos que asigna la FACH para este tipo de misiones, serían los Enaer AT-36 Toqui II (designación del Casa A-36 Halcón) y los Embraer A-29B Super Tucano del Grupo de Aviación Nº1 que opera desde la Base Aérea los Cóndores en Iquique.
Perú fue, después de Colombia, la segunda nación en contar con un marco regulatorio (1995) que permite a los aviones de combate de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) a derribar aeronaves consideradas hostiles. Pero en el año de 2001 fue suspendido, cuando una Cessna A185F Skywagon fue confundida como un avión intruso causando la muerte de 2 de misioneros estadounidenses y heridas a otros 3. En 2015 el Congreso de Perú aprobaba la nueva Ley de Control, Vigilancia y Defensa del Espacio Aéreo Nacional, en la que se establece los principios y normas para el control, vigilancia y defensa del espacio aéreo.
En agosto de 2023, el Ministerio de Defensa del Perú firmó con los Departamentos de Estado y de Defensa de los Estados Unidos, el Acuerdo de Interceptación Aérea No-Letal que tiene por objetivo el combatir de forma conjunta los desafíos de seguridad compartidos, como lo son la lucha contra el tráfico ilícito de drogas y el crimen organizado transnacional. La FAP dispone para las tareas de interceptación de aviones incursores los Embraer AT-27 del Grupo Aéreo Nº51, con sede en la Base Aérea “Capitán FAP Renán Elías Olivera” en Pisco y los KAI KT-1P Torito del Grupo Aéreo N°.
Honduras es el único país Centroamericano cuya legislación aprobó en enero de 2014 la Ley de Espacios Aéreos, instrumento legal que permite a la Fuerza Aérea Hondureña (FAH) ejecutar acciones de derribo contra naves o aeronaves sospechosas de transportar drogas. Las operaciones de interceptación recaen en los últimos Cessna A-37 Dragonfly del 1er Grupo Táctico con asiento en la Base Aérea “Coronel Armando Escalón Espinal”, en San Pedro Sula (La Mesa).
Venezuela aprobó la Ley de Control para la Defensa del Espacio Aéreo en junio de 2012, con la cual se establece los procedimientos a seguir para ejecutar las acciones de interceptación, persuasión e inutilización de toda aeronave u objeto que infrinja las disposiciones sobre la circulación aérea, esta tarea recae en el Comando de Defensa Aeroespacial Integral (CODAI) y la Aviación Militar Bolivariana, la cual ha empleado para la realización de estas misiones desde aviones de ataque ligero Hongdu K-8W Karakorum de los Grupos Aéreos de Caza N°12 Grifos y Operaciones Especiales N°15, hasta los modernos cazas polivalentes Sukhoi Su-30 Mk2 de los Grupos Aéreos de Caza N°11 Diablos y N°13 Simón Bolívar.
(Derribo Venezuela): Piper PA-34-200T Séneca II neutralizado por los F-16 del GAC N°16 “Dragones” de Venezuela (Foto: GNB)
Uruguay ha sido una de las últimas naciones de la América Latina en aprobar un protocolo de acción legal para la interceptación de aviones que se consideren hostiles, cuando en diciembre de 2020 y como parte de la Ley de Urgente Consideración se sancionó la Ley de Derribos, que establece 5 faces para el uso de armas ofensivas por parte de la Fuerza Aérea Uruguaya (FAU) en contra de las aeronaves incursoras de su espacio aéreo, de hecho, desde su entrada en vigor se han detectado 203 aviones ligeros sobrevolando de forma irregular y sólo en 13 ocasiones se ha llegado al empleo de las armas. En las operaciones de interceptación la FAU suele emplear sus Cessna A-37 Dragonfly del Escuadrón Aéreo Nº2 de la II Brigada Aérea y Pilatus PC-7U "Turbo Trainer" (AT-92) del Escuadrón de Vuelo Avanzado, ambos acantonados en la Base Aérea “Teniente 2º Mario W. Parallada” (Durazno).
Por su parte, los Estados Unidos a través de su Comando Sur realiza despliegues de aeronaves de la 12 Fuerza Aérea del Sur y del Servicio Aéreo de la Guardia Costera en coordinación con sus aliados en la zona del Caribe y del Pacífico, en estas movilizaciones suelen tomar parte aviones Lockheed AC-130U Pave Spectre, Beechcraft MC-12W Liberty y Lockheed MC-130W Combat Spear del Comando de Operaciones Especiales Sur y Lockheed P-3 LRT Orion del Grupo de Operaciones Aéreas y Marinas de la Oficina de Adunas y Protección de Fronteras, que operan desde las Bases de la Fuerza Aérea de Hato (Curazao), Base Aérea Muñiz (Puerto Rico), Base Aérea Soto Cano (Honduras), Base Aérea de Homestead (Florida).(D.B.)
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