Tras el Consejo de Seguridad realizado en el departamento del Huila, el ministro de Defensa de Colombia, Iván Velázquez, anunciaba el ingreso de 1.600 soldados profesionales a las filas del Ejército de Colombia, haciendo referencia al proyecto estructurado a finales de 2023, el cual dotara a las Fuerzas Militares del país (FMM) de 16.000 nuevos soldados profesionales que remplazarán a igual número de soldados bachilleres y regulares que actualmente están desplegados en zonas con alto riesgo por la presencia de grupos narcoterroristas, como el ELN, disidencias de las FARC y el Clan del Golfo.
El proyecto, dirigido por el actual comandante de las FFMM de Colombia, General Helder Giraldo, espera integrar 11.000 soldados durante el 2024, 4.500 en el 2025 y 500 en el 2026, logrando un incremento en la capacidad de combate que se sumaría a los más de 75.000 soldados profesionales con los que cuentan Colombia. Estos 16.000 nuevos soldados estarían distribuidos de la siguiente manera, Ejecito 11.000, Fuerza Aérea 2.700 y Armada 2.300.
La denominación de Soldado Profesional en Colombia hace referencia a aquel personal que, de manera voluntaria, decide ingresar a las filas de las FFMM después de haber prestado su servicio militar obligatorio como soldado bachiller o soldado regular, lo cual les permite contar con una formación inicial mínima de un año, siendo esta reforzada en las diferentes unidades como la Escuela de Solados Profesionales Pedro Pascasio Martines en el caso del EJC, complementándose posteriormente con cursos especializados de combate y la posibilidad de integrar el selecto grupo de Fuerzas Especial.
Ser soldado profesional implica:
- Un reconocimiento salarial mensual el cual es equivalente a un salario mínimo mensual más el 40% de este mismo.
- Una prima de antigüedad después del segundo año de servicio del 6.5% por cada año se servicio hasta completar un máximo de 58.5 %.
- Una prima de servicio anual equivalente al 50% del salario básico devengado.
- Una prima de vacaciones equivalente al 50% del salario básico mensual y tendrá derecho a treinta (30) días calendario de vacaciones remuneradas por cada año de servicio cumplido.
- Reconocimiento de cesantías, equivalente a un salario básico, por año de servicio.
- Acceder a programas de vivienda militar y subsidio familiar.
- Derecho a una pensión por tiempo cumplido de servicio, invalides o de sobrevivencia en caso de muerte.
(Carlos Vanegas)