El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, modificación que tiene por objeto que un representante de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, que a su vez tengan representación en el Consejo de Personal, forme parte de la composición de la Junta de Gobierno del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)
La Ley Orgánica del 27 de julio de 2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, regula las asociaciones profesionales integradas por miembros de las Fuerzas Armadas para la defensa y promoción de sus intereses profesionales, económicos y sociales y fija las normas relativas a su constitución y régimen jurídico.
El artículo 49.2 de la Ley Orgánica prevé que los vocales de las asociaciones que formen parte del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas elegirán, entre ellos, hasta tres representantes en los órganos de gobierno o dirección de las mutualidades, asociaciones y entidades de previsión social y asistencial, cuyo ámbito de actuación incluya miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias cuando así lo prevea su normativa específica.
Propuesta en el Pleno del Consejo de Personal
En este sentido, en el Pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas del día 24 de marzo de 2015 la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas propuso la modificación de la normativa vigente para facilitar la representación de las asociaciones profesionales en el ISFAS, propuesta que fue aceptada en el sentido de instar a dicho Instituto para que iniciara el procedimiento normativo.
La inclusión de este nuevo miembro implica suprimir uno de los vocales actuales, en concreto el secretario general adjunto a la Secretaría General del ISFAS, para no superar el número máximo de miembros de la Junta de Gobierno de dicho Instituto, fijado en doce.
Composición de la Junta de Gobierno
La Junta de Gobierno del Instituto Social de las Fuerzas Armadas estará compuesta, por lo tanto, de la siguiente forma:
Presidente: El Secretario General Gerente del ISFAS.
Vocales:
- Los directores de Personal de los Mandos o Jefaturas de Personal de los tres Ejércitos.
- El jefe de Personal de la Guardia Civil.
- El inspector general de Sanidad de la Defensa.
- El subdirector de Prestaciones del ISFAS.
- El subdirector económico-financiero del ISFAS.
- El director general de Recursos o miembro del CNI en quien aquel delegue con rango, al menos, de subdirector general.
- Un vocal en representación de todas las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el Consejo de Personal.
- El asesor jurídico del ISFAS, quien ejercerá, además, la función de Secretario.
- El interventor delegado del ISFAS."