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Sábado, 23 de noviembre de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

Damen asegura que la Comisión de la Armada Uruguaya a cargo de la compra de OPV omitió sus puntualizaciones al Tribunal de Cuentas

Las objeciones del fabricante holandés Damen al proceso de compra de OPV para la Armada Uruguaya no fueron elevadas junto al resto del expediente para un dictamen vinculante solicitado por el propio gobierno.

Como ya adelantamos, de la misma forma en que algunas empresas se retiraron de la convocatoria para una compra directa asesorada de navíos OPV para la Armada en marzo pasado, ante condiciones o tratamientos poco claros del tema por parte de las autoridades, Damen formuló  puntualizaciones a lo que consideró errores cometidos por la Comisión Técnica Asesora.

Aparte de incurrir la comisión naval  en aspectos en los cuales no debía profundizar, como las condiciones financieras de la propuesta, se condena la clasificación de "confidencial", ya que oficialmente no se ha permitido divulgar ni siquiera los nombres de modelos ofertados, incluso entre los participantes y en todas las etapas del proceso (se podría solicitar reserva hasta el momento de la apertura de ofertas, por ejemplo) afectando una justa evaluación y la debida equidad frente a la norma. Asimismo, se constataba una actuación  deficiente  en la faz administrativa, generando una confusión-interna y externa- entre los conceptos de "compra directa y licitación contradiciendo la normativa vigente, la que incluso parece haber diluido en los últimos meses la clasificación de parte de estos procesos como "secretos",en aras de una nueva normativa aún no concretada.

Se aludía a fallas y omisiones varias, comprensión lectora dudosa o simple lectura errónea de los pliegos, escaso conocimiento de normativa jurídica, nacional  o internacional, y hasta buenas  prácticas  en la industria naval internacional, cometiendo en graves errores de evaluación y/o de concepto, perjudiciales a algunos de los oferentes, particularmente.

Además, esta Comisión acusó a Damen de no incluir cursos y entrenamiento en idioma español a las tripulaciones uruguayas, lo que fue desmentido, en un contexto ,que ya había evidenciado diversos bemoles, en el el cual, minutos antes de abrir ofertas, también se había acusado al astillero francés CMN de pretender imponer su presentación en lengua francesa, cuando en realidad había solicitado plazo para traducirla, o se informó de una presunta llegada tarde de la oferta de Fincantieri, cuando en realidad, se trató de una desistencia formal a participar, como antes lo habían hecho por escrito, Fassmer y Elbit, asociada con Goa.

Aún no se sabe si estos problemas se originaron  por prisa, falta de información, presiones o discrecionalidades varias, no obstante el fabricante holandés ha solicitado  formalmente que se levante inmediatamente el secreto de las actuaciones navales y ministeriales o se congele este proceso, dado que, al divulgar defensa.com el 6 de mayo pasado algunas de estas incongruencias, el Ministerio de Defensa solicitó intervención vinculante al Tribunal de Cuentas de la República para analizar algunas de estas aristas, posibilidad contemplada en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) uruguayo, que regula las adquisiciones estatales.y aspectos conexos.

Precisamente a este respecto es que  la firma europea estima claramente , y ha resuelto así actuar jurídicamente, que en la presentación de la respectiva carpeta  al Tribunal de Cuentas , elevando todo lo actuado por el Ministerio de Defensa  en el tema OPV "no se han agregado todas las actuaciones que determinan el “caso concreto” (expedientes: Principal (OPV): N° 2021-3-18-0000553; Recursos: N° 2022-3-1-0000482; Evacuación de vista: N° 2022-3-1-0000518), razón por la cual se adjunta al menos el escrito de recursos antes referido, a los efectos que ese Tribunal pueda conocer y valorar el alcance de dicho “caso concreto” y la argumentación que justifica la oposición a la reserva de actuaciones respecto de los proponentes".

Debido a ello ha decidido adjuntar dicho material, que deberá ser evaluado, sin plazos, debido a que las diferencias de criterio que pueda evaluar este organismo se basan principalmente en las objeciones planteadas por el grupo holandés, desconociéndose( porque  ha optado por un hermetismo total) si Kership realizó también observaciones, lo cual sería de suponer, dadas las constantes recomendaciones en diversas páginas del dictamen de la Comisión a favor de la opción china, incluso fuera del tema analizado puntualmente.

Resumiendo,  la Comisión Técnica habría omitido deliberadamente derivar al Tribunal las objeciones de estos astilleros que, en consecuencia, las hacen llegar directamente al órgano. (Javier Bonilla)


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