En una decisión mayoritaria, nueve de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Acuerdo de mayo de 2020 por el cual el presidente Andrés Manuel López obrador dispuso que las Fuerzas Armadas permanezcan en las calles del país en labores de apoyo a la seguridad y a los cuerpos policiales de todos los niveles de gobierno, es plenamente constitucional y no viola la carta magna.
El llamado decretazo, calificado así por los partidos de oposición, por analistas, académicos y expertos en seguridad nacional, fue abordado finalmente por la SCJN que había evadido el tema durante meses. Los ministros consideraron que el Acuerdo sí es constitucional y no viola ningún precepto de la carta magna al disponer que las tropas de tierra, aire y mar permanezcan en las calles del país hasta marzo de 2024.
El pleno de los ministros de la SCJN revisó el Acuerdo presidencial de mayo de 2020 con el que López Obrador dispuso el uso de tropas para apoyar en labores de seguridad pública como parte de las facultades del primer mandatario, tema que fue impugnado en su momento por legisladores y por mandatarios locales bajo el argumento de que el mandatario invadía otras esferas de poder.
La SCJN analizó precisamente la posible invasión de competencias y determinó que el acuerdo presidencial es constitucional y con el no se invadió ninguna instancia o el ámbito de otros poderes.
Nueve de los once ministros de la Corte se pronunciaron por la constitucionalidad del acuerdo, más no la naturaleza de su aplicación, es decir, por el hecho de mantener a militares en funciones de apoyo a la seguridad de manera complementaria a la Guardia Nacional y a otras corporaciones policiacas del país. Los ministros concluyeron que sí es una atribución presidencial contemplada en la Constitución el disponer de tropas para reforzar el trabajo en materia de seguridad de otras corporaciones.
La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, pidió no politizar el tema y recordó que los niveles de inseguridad, de criminalidad y violencia que vive el país ameritan la presencia y despliegue de militares y marinos en las calles del país para apoyar las labores de seguridad pública, en un marco de controles, de participación auxiliar y en forma limitada.
Lo acordado por el presidente López Obrador tiene como base el artículo quinto transitorio de la Ley de la Guardia Nacional, legislación que ya habían sido avalada por el Poder Legislativo y por lo tanto no es procedente que ese mismo poder impugne algo que ya había aprobado, señaló.
Contrario a esta postura, el ministro Luis María Aguilar Mora sostuvo que el acuerdo presidencial no justificó ni motivó legalmente la autorización para que las fuerzas armadas se mantengan en las calles de manera extraordinaria y complementaria en apoyo a labores de seguridad pública, dejando de lado por completo el requisito de regulación precisa y detallada. (Jorge Alejandro Medellin, corresponsal del Grupo Edefa en México)